Resumen de ponencia
Cambios en la política migratoria argentina y sus efectos en el acceso a la justicia
Grupo de Trabajo CLACSO: Políticas en derechos humanos
*Verónica Jaramillo Fonnegra
La presente ponencia pretende analizar los impacto de una reforma migratoria expedida en la Argentina por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 70/17), y las formas en que esta cambio normativo impactó en el acceso a la justicia de las personas migrantes. Para realizar el análisis se retomarán algunos fallos que se dieron después de la entrada en vigencia del nuevo DNU 70/17. También se analizarán otras fuentes documentales (normas, decretos y tratados internacionales); lo que proporcionará información para entender la legalidad de los procedimientos judiciales, evidenciando cómo la justicia está aplicando una norma que aún tiene en discusión su constitucionalidad.
Para comprender el contexto de cambio normativo es necesario comprender que en la última década y medio la Argentina ha dado un importante giro en sus políticas de Estado. Dentro del paquete de cambios normativos encontramos leyes que promovieron destacados avances para los sectores históricamente segregados y olvidados . En el campo de la política migratoria, la Ley Nº 25.871 de 2003 definió la migración como un derecho humano y se transformó en ejemplo para los demás países de la región, en un marco de profundización y consolidación del proyecto de integración regional.
Este paradigma de reconocimiento de derechos fue puesto en cuestión con la asunción del nuevo gobierno que dictó un Decreto de Necesidad y Urgencia Nº70/2017, modificando la ley de 2003 en algunas cuestiones centrales vinculadas al debido proceso y a los mecanismos las personas migrantes para acceder a la justicia. Además, el DNU cambia, entre otras cuestiones, las causales para proceder a la expulsión de personas del país; haciendo más precarios los procedimientos y garantías de las personas migrantes.
Por ejemplo, el DNU habilitó un procedimiento de detención y deportación sumarísimo contra quienes transitan cualquier tipo de proceso judicial, que tenga como consecuencia posible una pena privativa de libertad, y también de quienes hayan cometido faltas administrativas en el trámite migratorio, como, por ejemplo, no haber acreditado el ingreso al país por un lugar habilitado. El decreto, además, limitó las vías de documentación alternativas que utilizaban quienes no podían resolver su situación migratoria en forma permanente, entre ellas, el certificado de residencia precaria.
La expulsión y detención de personas migrantes constituye uno de los aspectos más ilustrativos del paradigma de la política migratoria aplicada por un Estado (Ceriani, 2011; Grimson, 2006; Pacecca, 2000; Modolo, 2004; Domenech, 2007, entre otros). En efecto, aquí puede observarse con claridad si el eje central está puesto en la garantía de los derechos de las personas o si, por el contrario, el objetivo principal del Estado es el reforzamiento de los mecanismos de control. En nuestro país la sanción de la ley 25.871 a fines de 2003 tuvo como objetivo reconocer y proteger los derechos de las personas migrantes, favoreciendo la regularización migratoria e incluyendo numerosas garantías y derechos en el marco de los procedimientos de expulsión. Por el contrario, el DNU 70/17 ha vuelto a asociar la cuestión migratoria con las políticas de seguridad del Estado y en particular con medidas de política criminal. En tal sentido, los procedimientos de expulsión y detención de migrantes vuelven a estar guiados por una perspectiva securitaria que nada tienen que ver con la lógica de la ley 25.871.
La ya histórica equiparación en el país entre migrantes y criminalidad es usada por los gobiernos para exhibir un supuesto compromiso con la prevención del delito que, en realidad, evita abordar los verdaderos problemas de seguridad. En la actualidad esta asociación se realiza en un escenario global donde los nacionalismos se ha exacerbado y la Argentina parece no querer quedarse atrás con la renovación conservadora, incluso en uno de los temas que más prestigio internacional le asigna como el paradigma migratorio.
Por tanto, y para no quedarse atrás con los escenarios globales el país retoma la asociación entre migrantes y delito generando detenciones y deportaciones inmediatas, “trastocando una ley que fue producto de un amplio debate iniciado en 1999, en ámbitos sociales, académicos y legislativos, y que había permitido revertir el autoritarismo que a partir de la “Ley Videla” signaba la situación de los migrantes” (CELS, 2017).
Pero pese a que en la Argentina existe desde 2003 un corpus normativo de avanzada en materia migratoria, algunas personas migrantes experimentaban las falencias de una política pública limitada en temas de acceso a la justicia. Lo cual se agravó una vez se dictó el DNU 70/17. Ya que con las disposiciones contenidas en el decreto sobre plazos exiguos de apelación, límites a la notificación, demostración expresa de su situación de pobreza para obtener patrocinio jurídico gratuito, entre otros temas, limitaron de forma concreta el debido proceso y el acceso a la justicia de las personas migrantes. Todo esto será materia de análisis de esta ponencia.