La violencia política en razón de género es una realidad cotidiana de un gran número de mujeres en México. En años recientes tal problemática ha sido más visible y ha ocupado un lugar fundamental en el debate público, lo que ha generado que paulatinamente el Estado desarrolle medidas que garanticen el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención de los Derechos Políticos de la Mujer, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, reconocen el principio de igualdad entre hombres y mujeres para participar en la dirección de asuntos públicos, así como el derecho de las mujeres de votar, ser electas y tener acceso en condiciones de igualdad a las funciones públicas de su país.
En la legislación mexicana existe un amplio reconocimiento sobre el acceso igualitario de las mujeres los cargos de elección popular. La Constitución Política Federal a partir del año 2014 prevé en el artículo 41, fracción I que los partidos políticos tienen la obligación de garantizar la paridad entre los géneros en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular y en el numeral 2º establece, desde el año 2016, que en el ejercicio del derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación se debe garantizar que hombres y mujeres disfruten del derecho a votar y ser votados en condiciones de igualdad.
Sin embargo, a pesar de los significativos avances en la legislación, en México no existe una Ley específica que regule y/o tipifique la violencia política en razón de género a pesar de que cuanto mayor ha sido la participación política de las mujeres en cargos de toma de decisiones, mayor ha sido la violencia contra ellas por el hecho de ser mujeres (FREIDENBERG & OSORNIO GUERRERO).
En esa tesitura, las víctimas de dicha violencia política han tenido que recurrir ante múltiples instancias, organismos y autoridades del Poder Ejecutivo, Judicial y órganos autónomos en busca de la garantía de sus derechos político-electorales. Entre dichas instancias, se encuentra la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas (DPE) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) creada en abril de 2016 como una medida de protección jurídica especial del Estado mexicano que pretende contribuir a que los pueblos y comunidades indígenas y las personas que los integran estén en aptitud de acceder a la jurisdicción del Estado en condiciones de igualdad material respecto a las demás personas, prestando de manera gratuita los servicios de defensa y asesoría electoral.
La DPE en el año 2017 otorgó 70 asesorías y 45 defensas a mujeres indígenas (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2017), por lo que ha llevado el litigio de diversos asuntos vinculados con la violencia política por razones de género de dicho grupo vulnerable. El texto busca explorar ¿cuáles han sido los efectos que ha tenido la estrategia de litigio implementada por la DPE, desde abril de 2016 hasta marzo de 2018, en los asuntos vinculados con violencia política hacia las mujeres indígenas? A fin de evidenciar que, a falta de una legislación que regule o tipifique la violencia política contra la mujer, la estrategia de litigio implementada de la DEP ha permitido que en México haya habido un avance en sede jurisprudencial sobre la materia.
La investigación se estructura en tres apartados. Primero, se aborda el concepto de violencia política hacia las mujeres. Segundo, se describen casos concretos de la DPE vinculados con la violencia política en razón de género. Tercero, se analizan los avances jurisdiccionales sobre la garantía del ejercicio de derechos políticos de las mujeres indígenas.
La aportación de la investigación será compartir la estrategia de litigio implementada por la DPE en casos de mujeres indígenas en situación de violencia política a fin de proponer una ruta para que las mujeres acudan a instancias, organismos y autoridades del Estado mexicano para denunciar la vulneración de sus derechos político-electorales.