El presente trabajo tiene dos aspectos centrales, uno es el análisis de la noción de lucro en derecho privado y el otro corresponde a las aplicaciones jurídicas de lucro en organizaciones vinculadas a la educación. En primer lugar, se exponen los resultados del análisis cualitativo realizado sobre la configuración jurídica de lucro presente en los Códigos Civiles y Comerciales vigentes actualmente en cuatro países sudamericanos, correspondientes a Argentina, Chile, Colombia y México. Dicho análisis cualitativo permitió establecer las principales distinciones que se hace en estos códigos entre la noción de lucro y otros términos con los cuales se le suele asemejar en la bibliografía especializada, específicamente los conceptos ganancia, utilidad e interés. En segundo lugar, se analiza la manera en que esta conceptualización se manifiesta en las normas que rigen a las personas jurídicas vinculadas a la educación en cada uno de los cuatro países. Finalmente, se elabora una propuesta para una conceptualización del lucro que permita orientar los debates al respecto, aumentar su distinción con otros conceptos y mejorar la comprensión jurídica del fenómeno del lucro en educación.
El análisis que se presenta en la ponencia corresponde a la primera etapa de un estudio de textos legales y jurídicos más amplio en donde el corpus dará cuenta de forma exhaustiva acerca de la conceptualización del lucro en países latinoamericanos y su aplicación para personas jurídicas vinculadas a la educación. Esta finalidad ubica al estudio dentro de uno de los debates más amplios que se están realizando al interior de varios países de la región sobre el rol del mercado en la educación (Corvalán y García-Huidobro, 2015; Donoso, 2012; Olivares, 2016; Hoyos, 2011), al cual se pretende contribuir sentando las bases lega-les de textos jurídicos que se encuentran vigentes. La decisión de realizar un análisis cualitativo acabado acerca del lucro y otras nociones relacionadas, se basa en una falta de claridad conceptual en su definición y la necesidad urgente de que dichos conceptos sean clarificados, sobre todo en la medida en que actualmente se están realizando procesos legislativos y decisiones de tribunales constitucionales al respecto.
En base al estado del arte, se ha identificado que una de las dificultades en la definición de lucro y en su distinción de otros conceptos relacionados, se debe a la lógica circular con que la Real Academia Española define estos conceptos. La Real Academia es una de las fuentes conceptuales más comúnmente citadas en los artículos que buscan dilucidar estos conceptos, como ocurre en Basso (2016), Herrera (2006), Castro (2015), por lo que se puede decir que goza de un reconocimiento universal en los países de habla hispana. Sin embargo, al analizar las definiciones del Diccionario de la Lengua Española, se observa que lucro es definido como “ganancia o provecho que se saca de algo”, ganancia se define como la “utilidad que resulta del trato, del comercio o de otra acción”, utilidad corresponde a “provecho, conveniencia, interés o fruto que se saca de algo” y el interés se define como “provecho, utilidad, ganancia” y también como “lucro producido por el capital”. Dentro de las redes semánticas de estos cuatro conceptos, el nodo central parecería ser el interés. Sin embargo, el debate respecto a la educación se ha ubicado en torno al lucro y la conceptualización de éste no ha sido cuestionada satisfactoriamente por autores de todos los países bajo estudio (Donoso, 2012; González, 2015; Iribarra, 2017).
A modo de contextualización histórica, el lucro ha sido un tema relevante dentro de la historia constitucional y legislativa en Sudamérica desde la indepen-dencia de España. En los cuatro países estudiados, se buscó en el siglo XIX es-tablecer un sistema legislativo que mantuviera algunas de las normas impuestas por la Corona Española para el ejercicio de actividades privadas, tanto civiles co-mo comerciales (Castro, 2015), a la vez que éstas pudieran contar con la libertad y autodeterminación que el dominio español les restaba. A lo largo del estudio, se ha notado una serie de similitudes entre los códigos civiles de los cuatro países bajo estudio, siendo Argentina la principal excepción, debido a que actualmente cuenta con un nuevo Código Civil y Comercial que data del año 2015. Los códi-gos de los demás países fueron promulgados en el siglo XIX.
El análisis fue realizado utilizando el software de análisis cualitativo Atlas ti, con un diseño emergente, en base a las dos categorías mencionadas anterior-mente: las distinciones del lucro con ganancias, utilidades e interés, además de las aplicaciones que se hacen del concepto de lucro. Dentro de los principales resultados sobre la distinción de lucro con ganancia, se encuentra el hecho de que A su vez, se ha notado que el lucro existe como concepto en dos de sus usos, pero no aparece con una definición conceptual propia en los códigos civi-les y comerciales que ordenan y rigen el derecho privado en los cuatro países estudiados. Como señala Daza (2016), el lucro cesante y los fines o ánimos de lucro son las dos principales utilizaciones que forma parte de dichos códigos, sin que nos ayuden necesariamente a definir el lucro en sí, sino que ilustran facetas específicas de su aplicación. De acuerdo a Herrera, Caramelo y Picasso (2015), por ejemplo, la ganancia en el Código Civil y Comercial Argentino se diferencia del lucro en la medida en que una organización comunitaria sin fines de lucro, pueda percibir ganancias por alguna actividad con la intención de que la totalidad de dichas ganancias sea reinvertida en los objetivos públicos y no privados de la organización. Esta explicación que acompaña al Código Civil y Comercial de Ar-gentina es una de las pocas distinciones explícitas que se encontró.
En cuanto a la otra categoría de análisis del estudio, las aplicaciones del concepto de lucro, se halló que la configuración de lucro dentro de los códigos civiles y comerciales se tiende a concentrar en dos elementos legales distintivos. El primero de éstos es el lucro cesante, vinculado a la figura legal de daño emergente en la mayoría de los artículos en donde se le menciona, y el segundo es dentro del ánimo o fin de lucro, para hacer una separación en las asociaciones u organizaciones civiles que impacta su conformación, propósitos y responsabilidades tributarias, entre otros aspectos. En ambas figuras, sin embargo, no se suele dar mayores detalles respecto del significado mismo del concepto de lucro (Olivares, 2016) y rara vez se suele utilizar dentro de otras configuraciones, por lo que, como se ve más adelante, para señalar actividades económicas que generan un retorno excedente de dinero, se suele aplicar el concepto de ganancia, interés o de utilidad.
Dentro de las principales conclusiones de esta etapa del estudio, se ha llegado a la certeza de que aun cuando el concepto de lucro se utiliza de forma constante y explícita en textos legales, además de ser objeto de decisiones de Tribunales Constitucionales y parte de debates legislativos, no existe una claridad conceptual que permita establecer de manera exhaustiva y excluyente sus límites y, de esta manera, poder distinguirlo de otros conceptos relevantes, como son las ganancias y las utilidades. En concordancia señalan los autores que toman una perspectiva crítica acerca de estos temas, antes de continuar los debates al interior de universidades, colegios y estamentos gubernamentales, se le debe exigir a los cuerpos legislativos que entreguen una conceptualización clara acerca de cuál es el objeto, acción o propósito, al cual se refieren las leyes y regulaciones que permiten, prohíben o regulan el lucro (Arango, 2015; Hoyos, 2011; Nuus-baum, 2015). Si bien estas propuestas han existido por años, el estudio de los Códigos Civiles y Comerciales de Argentina, Chile, Colombia y México ha aporta-do una evidencia empírica que permite sustentar tales demandadas. Se apoya también la línea de trabajo comunicacional y lingüístico que apunta hacia la necesidad de descolonizar el lenguaje jurídico en base a requerimientos actuales de las culturas y sociedades latinoamericanas.
La estructura de la ponencia presentará primero el análisis por separado de los Códigos Civiles y Comerciales de los tres países del estudio, respecto de la configuración que se elabora acerca del lucro y las distinciones hechas respecto de ganancias y utilidades. Posteriormente, se analiza la presencia del concepto de lucro en las asociaciones civiles, tanto con, como sin fines de lucro, y su vinculación con la educación. En tercer lugar, se elabora una serie de observaciones y propuestas para contribuir al debate que se realiza en los tres países res-pecto al lucro en educación.