América Latina es una región que ha utilizado ampliamente la justicia transicional, tanto ya en escenarios de cambio democrático desde dictaduras militares o en la superación de conflictos armados internos. A la fecha, según los criterios de selección, se han implementado hasta 15 Comisiones de la Verdad en la región, incluida la recientemente establecida Comisión de Verdad, Convivencia y No Repetición creada por el Acuerdo de Paz entre el gobierno colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia. Estas Comisiones de la Verdad tienen como característica general de presentarse como alternativas no judiciales para el esclarecimiento de violaciones sistemáticas a los derechos humanos cometidos por regímenes autoritarios o en el marco de un conflicto armado interno. Sin embargo, muchos de sus hallazgos y los casos descritos en sus informes guardan una relación con procesos judiciales internos y, sobretodo, con el sistema interamericano de protección de derechos humanos.
La interacción con el sistema interamericano se ha presentado tanto con anterioridad, como con posterioridad al trabajo de las Comisiones de la Verdad. El sistema interamericano provee una polinización cruzada entre algunos de sus mecanismos políticos y jurídicos de protección de derechos humanos. Las decisiones de la Comisión y de la Corte reconocen la labor de dichas comisiones en cuanto al derecho a la verdad de las víctimas, pero al mismo momento establecen que sus reparaciones no constituyen una excepción para buscar responsabilidades ante órganos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. También diversos movimientos de víctimas y ONGs de derechos humanos hacen uso de los Informes para contextualizar sus peticiones ante la Comisión Interamericana. En diversos procedimientos no jurisdiccionales en la Comisión, como son las audiencias públicas y las visitas in loco, temas relativos a las comisiones de la verdad han sido ventilados. Por ejemplo, el informe publicado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con posterioridad a la visita a Argentina en 1979 fue un documento fundamental (junto con la información otorgada por ONGs, organizaciones de víctimas y los testimonios presentados) para la redacción del Informe de la CONADEP Nunca Más. Otro ejemplo es el uso de audiencias públicas por parte de la Comisión para presionar al gobierno peruano en la implementación de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación. Pero quizás la forma más conocida de cooperación, que también ha llevado a fuertes discrepancias, es la derogación de las leyes de amnistía. En un caso, Gelman vs Uruguay, la sentencia de la Corte avivo el debate sobre las formas en que se administró la transición democrática en Uruguay y sobre todo la amnistía otorgada a los responsables de violaciones sistemáticas a los derechos humanos. El camino andado desde el informe Nunca Más y la recientemente establecida Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en Colombia, ha mutado la relación entre el Sistema Interamericano y dichas comisiones. En el caso de la CONADEP su mandato establecía su relación con el establecimiento de responsabilidad penal por los tribunales argentinos, como sucedió en el Juicio a las Juntas. Sin embargo, esto fue truncado por la Ley de Punto Final y la de Obediencia Debida. Con posterioridad las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida fueron declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema Argentina y tanto esta corporación, como en varias instancias anteriores, se tomaron en cuenta los criterios desarrollados dentro del sistema interamericano para declarar dichas leyes de amnistía incompartibles con la Convención Americana, concretamente el caso Barrios Altos c Perú. El más reciente ejercicio de Comisión de la Verdad en Colombia estuvo marcado desde las negociaciones por un marco más estrecho de negociación en lo referente a amnistías para los excombatientes desmovilizados de las FARC. El gobierno contó con un margen estrecho establecido por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional. A raíz de este margen, se estableció un complejo sistema de justicia transicional que incluye entre sus órganos tanto una Comisión de la Verdad extrajudicial como un sistema especial de justicia: la Justicia Especial para la Paz. Colombia ha sido condenada en diversos casos ante la CorteIDH que podrían ser sujetos al análisis de la Comisión de la Verdad y queda por verse como se articularan los hechos descritos ante el sistema, así como otros ejercicios de memoria realizados por el Grupo de Memora Histórica.
El propósito general de este trabajo es analizar algunos de los puntos de convergencia y divergencia, no solo en casos específicos, sino también en ciertas prácticas como el desarrollo conjunto de las comisiones de la verdad y del sistema interamericano de estándares de derecho a la verdad, compensación de víctimas y requisitos de debido proceso.