APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD EN LOS GOBIERNOS SUBNACIONALES Y EL EJERCICIO DEL DERECHO AL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS PERUANAS
El Convenio 169 de la O.I.T. entre una de las recomendaciones que da para el reconocimiento de derechos a las comunidades indígenas es la aplicación del principio de subsidiariedad en las políticas de desarrollo que impulsen los gobiernos para garantizar el respeto de los derechos fundamentales tendientes a la igualdad de oportunidades y de trato para grupos que se encuentran en situación de desventaja, y exigen garantías mínimas de sus derechos para lograr un tratamiento equitativo en las sociedades en que viven. La investigación que presento corresponde a un estudio realizado en el sur andino peruano, en la región del Cusco respecto a la aplicación del principio de subsidiariedad al que refiere el Convenio 169 de la O.I.T. en los proyectos de desarrollo dirigidos a las comunidades indígenas por parte de los gobiernos subnacionales.
En el Perú existe un marco normativo que reconoce derechos fundamentales a las comunidades indígenas, y un marco regulatorio sectorial que promueve el desarrollo de las mismas, de ser esto así, ¿cuáles son los factores que estarían incidiendo o constituyendo barreras para el efectivo ejercicio de los derechos reconocidos a las comunidades indígenas peruanas, como es el derecho al desarrollo?,¿cuál será el papel del Estado, a través de sus diferentes niveles de gobierno, cuya amplitud de su fin le permitiría desarrollar todas las acciones que promuevan el desarrollo?. ¿Deben hacer las sociedades inferiores todo?, o ¿se debe dejar, mejor todo en manos de la sociedad más amplia, el Estado, para que provea todo, en atención a la eminencia de su fin? Dada la importancia de estas preguntas, en el trabajo pretendemos encontrar algunas respuestas a esas y otras interrogantes relacionadas con el pleno ejercicio del derecho al desarrollo de las comunidades indígenas, porque constituyen aportes importantes para el debate político sobre el rol del Estado y de los gobiernos locales en la generación de programas de desarrollo inclusivos en el sector rural.
En ese sentido, los diagnósticos sectoriales que elaboran y utilizan las municipalidades para diseñar proyectos de desarrollo dirigidos a las comunidades indígenas y que también sirven para elaborar los diversos instrumentos de planificación y gestión municipal, como son los Planes de Desarrollo Concertado, los Planes de Desarrollo Social y Económico, no solo utilizan estadísticas globales de la provincia o del distrito desde donde se infiere la problemática de las comunidades indígenas; sino además, esos diagnósticos no se actualizan periódicamente, lo que ocasiona que los resultados de la inversión pública no sean los esperados.
Pero, al mismo tiempo en el mundo andino peruano la inversión pública, sí ha dejado algo de resultados, un salón comunal, un canal de regadío, una institución educativa que incluso ya tiene el nivel secundario, o una posta de salud a menos de una hora de distancia caminando desde el lugar donde está ubicada la comunidad. Sin embargo, la pregunta que surge sin duda es, ¿dónde está el runa andino?, ¿dónde está el hombre comunero, el indígena?, éste sigue siendo analfabeto total o analfabeto por desuso, es decir por no hacer uso del idioma que aprendió en la escuela, les enseñan en quechua pero escriben en castellano. La educación que se le ofrece no es de calidad no genera oportunidades y menos alternativas y opciones de vida. La posta de salud como servicio público no incorpora los factores culturales que están presentes en el tratamiento a la salud, como el parto vertical recientemente institucionalizado en el país. Conocen la luz eléctrica a través de los tendidos que están en la carretera, pero no saben si algún día lo tendrán en su propia casa.
En medio de este escenario, es evidente que los esfuerzos colectivos de los indígenas y las gestiones de las directivas comunales, o el apoyo subsidiario del sector privado que también existe, no son suficientes para mejorar los niveles de vida de la población indígena, se necesita de un apoyo subsidiario mixto liderado por el Estado y una decisión política a través de sus diferentes niveles de gobierno, donde las municipalidades deben jugar un papel determinante.
La aplicación del principio de subsidiariedad y el respeto de la diversidad étnica, es decir, que los niveles superiores del gobierno no deben realizar aquello que los niveles inferiores pueden hacer si son convenientemente apoyados para asumir tal responsabilidad, no solo debemos entenderla como la asignación de competencias, sino en un sentido más integral porque cuando se trata de trabajar con comunidades indígenas es más pertinente aún la aplicación de la subsidiariedad, pues se trata de impulsar el desarrollo desde abajo pero un desarrollo con identidad, promoviendo capacidades y generando oportunidades y teniendo a la persona como el centro del desarrollo.
Para establecer si la aplicación del principio de subsidiariedad en los gobiernos subnacionales, en particular en la gestión municipal contribuye efectivamente al ejercicio del derecho al desarrollo de las comunidades indígenas, hemos trabajado una caracterización socio, económica y cultural del ámbito de estudio y de los principales actores como son las comunidades indígenas. Y, desde la gestión municipal hemos identificado como instrumento de análisis los proyectos de inversión pública dirigido a las comunidades indígenas. Sin dejar de tomar en cuenta la importancia de la información que nos proporcionan los instrumentos de planificación, que sirven como base para identificar y priorizar proyectos de inversión pública dirigido a las comunidades indígenas. Como no podía estar ausente en la investigación la opinión de los propios indígenas, varones y mujeres, se elaboró un cuestionario que junto con la observación participativa realizada en los territorios comunales y los otros instrumentos y técnicas de investigación nos han permitido conocer más de cerca a estos actores, la realidad en la que viven y a su organización: la comunidad indígena. Esta información nos ha permitido identificar el enfoque de desarrollo que manejan los propios indígenas desde su cultura como es el Buen Vivir o el Allin Kausay; y ver cómo esta visión difiere con la visión del desarrollo que tienen las autoridades de los gobiernos subnacionales. Ese desencuentro es otro problema central. Por ejemplo, mientras las autoridades nacionales, regionales y locales identifican problemas en los territorios comunales, a los que pretenden responder con proyectos de inversión pública, para los indígenas sus carencias constituyen oportunidades para poder mejorar, que junto a los recursos que existente en la comunidad son vistos como ventajas que se pueden utilizar para un “mejor Buen Vivir”.
Finalmente del análisis e interpretación de los resultados del estudio, una de las medidas que proponemos es la generación de indicadores del etnodesarrollo que permitan la aplicación efectiva del principio de subsidiariedad en las políticas de desarrollo en función a las competencias compartidas o exclusivas que tienen los diferentes niveles de gobierno, diseñando mecanismo de control. Y, establecer la necesidad que las comunidades indígenas elaboren sus propios planes de desarrollo comunal que deben articularse con el sistema de planificación de los gobiernos locales.