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Resumen de ponencia
Maternidad y Salud Mental

*Florencia Molina Chavez
*Mercedes Robba



La ponencia tiene por objeto el análisis del derecho de las mujeres con problemáticas de salud mental a ejercer el maternaje, por encima de cualquier condicionamiento impuesto por la discapacidad.
Existen diferentes prejuicios y cuestionamiento sociales sobre si las mujeres con problemáticas de salud mental pueden decidir o no ser madres como así también respecto al ejercicio efectivo del cuidado de sus hijos/as.
Las mujeres que atraviesan una problemática de salud mental se encuentran en una coyuntura de especial vulnerabilidad, ya que se ven expuestas a condiciones de mayor desventaja que los hombres con problemáticas de salud mental o de las mujeres sin dicha problemática. En consecuencia, requieren de la adopción de medidas específicas de protección, en virtud de la doble o múltiple discriminación que sufren, tanto por su situación de género como por su discapacidad.
En este sentido, se abordarán los diversos enfoques de los estudios feministas y de género, en relación con el reconocimiento de la diversidad, las condiciones y necesidades de las mujeres con discapacidad. Advertimos que algunos sectores del movimiento feminista no siempre han considerado que ciertas opresiones del patriarcado le son específicas a las mujeres con discapacidad. Esto se debe a que se piensa la opresión únicamente vinculada con un modelo de mujer acorde a los estereotipos sociales hegemónicos de la feminidad.
En este sentido, las dificultades que se presentan respecto de las mujeres con discapacidad para acceder a los roles femeninos tradicionales, impiden que puedan beneficiarse de las reivindicaciones feministas. Tomando esta hipótesis, podríamos pensar que, por ejemplo, mientras algunas mujeres lucharon y luchan contra el mandato de tener hijos de manera obligatoria, las mujeres con discapacidad aun continúan reivindicando su derecho a la maternidad por ser víctimas de esterilizaciones compulsivas o por ser consideradas “incapaces” de cuidar de sus hijos/as. Dichas limitaciones nos permiten repensar y reformular los reclamos del propio movimiento, siendo necesario la inclusión de la voz y participación de las mujeres con discapacidad.
Por otra parte, el análisis del derecho de las mujeres con discapacidad a ejercer las funciones relativas a la maternidad se llevará a cabo mediante el paradigma del modelo social de la discapacidad, el cual entiende que las causas de la discapacidad no radican en las limitaciones individuales, sino en los obstáculos sociales. Este modelo plantea la necesidad de un cambio social que comprenda que la persona con discapacidad debe ser tratada como sujeto pleno de derechos, con igual dignidad y valor que las demás, y que debe reconocerse su titularidad en todos los derechos, pero también, y fundamentalmente, su capacidad plena de ejercerlos por sí misma.
El modelo social de la discapacidad ha sido receptado por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante CDPD) y, tal como expondremos a lo largo de la ponencia, este instrumento es el resultado de un largo proceso que supone importantes consecuencias para las personas con discapacidad, permitiendo la visibilización de este colectivo y la necesidad de asunción indubitada del fenómeno de la discapacidad como una cuestión de derechos humanos.
La CDPD, a la cual nuestro país le ha otorgado jerarquía constitucional, reconoce que las personas con discapacidad tienen derecho al respeto del hogar y de la familia, a la vez que consagra dos figuras que se encuentran en total consonancia con el paradigma que plantea el modelo social de la discapacidad, a saber: los ajustes razonables y los apoyos para el goce y ejercicio de los derechos. En virtud de ello, el Estado está obligado a implementar todas las medidas necesarias para que las mujeres con discapacidad puedan gozar y ejercer el derecho a la maternidad en igualdad de condiciones que las demás mujeres; ya que su no cumplimiento implica un trato discriminatorio en razón de la discapacidad.
Más allá del amplio plexo normativo que puede aplicarse para defender el derecho de las mujeres con discapacidad a ejercer la maternidad, en la práctica, este derecho se ve obstaculizado por diversas barreras sociales, económicas y culturales. En este sentido, podemos señalar dos grandes obstáculos: por un lado, en el abordaje de estas situaciones se observan ciertos prejuicios por parte de algunos operadores judiciales que consideran que una mujer con discapacidad se encuentra imposibilitada de ejercer el rol materno y brindar a sus hijos/as los cuidados que requieren; por otro lado, resulta notoria la falta de políticas públicas adecuadas para brindar los apoyos necesarios para que las mujeres con discapacidad puedan ejercer este derecho, especialmente, cuando no cuentan con familiares o referentes afectivos y/o con recursos económicos suficientes.
En este punto, es esencial tener en cuenta que la maternidad es una etapa vital de profundos cambios para la vida de todas las personas. El crecimiento de un/a niño/a implica una serie de acciones que quien lo cría debe llevar a cabo con el objeto de propiciar su desarrollo. Los mayores obstáculos se observan cuando las mujeres no cuentan con estos apoyos. Es aquí cuando las políticas públicas juegan un rol trascendental.
Por último, cabe resaltar las grandes dificultades que tienen las mujeres con discapacidad mental para acceder a la justicia como así también para ejercer el derecho de defensa en los casos en que son privadas del ejercicio de la maternidad. Estas dificultades se advierten en el acceso a la información sobre sus derechos y respecto de la forma de ejercerlos; en el acceso a una defensa técnica especializada; el derecho al trato adecuado que muchos de los diferentes actores intervinientes no brindan; al igual que la modalidad en la que los operadores judiciales interactúan con las personas con discapacidad; abordajes inadecuados en los procedimientos periciales; y el desconocimiento por parte de los actores judiciales de la normativa de derechos humanos vigente sobre discapacidad, entre otras situaciones.
Entendemos que resulta imprescindible que el foco de las intervenciones esté puesto en pensar junto con las mujeres con problemáticas de salud mental, sus hijos/as y sus familias o referentes, las medidas que permitan, en cada caso, garantizar la vida familiar de las mujeres con discapacidad. Asimismo, el Estado está obligado a adoptar acciones positivas buscando equilibrar las desventajas estructurales en que se encuentra este colectivo y, de esta manera, garantizar el efectivo ejercicio del derecho a la maternidad. Por ello, resulta necesario y urgente el diseño y establecimiento de políticas y servicios públicos de apoyo con una perspectiva que aborde transversalmente cuestiones de género y discapacidad tendientes a facilitar la autonomía personal e independencia de todas las mujeres involucradas.




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* Molina Chavez
Universidad de Buenos Aires (UBA)- Universidad Nacional de Avellaneda (UNDAV). CABA, Argentina

* Robba
Universidad de Buenos Aires (UBA)- Universidad Nacional de Avellaneda (UNDAV). CABA, Argentina