La violencia escolar en los establecimientos educativos puede presentarse en diferentes contextos; un tipo de violencia escolar es la motivada por la orientación sexual percibida o por la identidad de género, denominada violencia homofóbica, que en muchos casos, pasa como un fenómeno sin importancia, por tratarse de un comportamiento que, al estar tan enraizado en la sociedad y ser tan cotidiano, pasa desapercibido en la mayoría de los casos. El caso Sergio Urrego demostró la falla estructural del Sistema Nacional de Convivencia Escolar en Colombia, un estudiante de 17 años, quien fue acosado por parte de docentes y directivos del Colegio Gimnasio Castillo, desencadenando el suicidio del estudiante Sergio Urrego en Bogotá; dichos acosos se practicaron bajo un velo de legalidad procedimental y haciendo uso de una institucionalidad normativa ambigua contenida en su manual de convivencia escolar, el cual se prestó claramente para la irracionalidad y la violencia. Frete a este caso, la Corte Constitucional Colombiana tras su estudio, en la sentencia T-478 de 2015, exigió una revisión masiva a todos los manuales de convivencia del país y una incorporación de “nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes” tendientes a respetar la diversidad sexual desde contextos constitucionales de tolerancia, respeto e inclusión, vitalizando leyes como la 1620 de 2013 “Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.”; Ley la que entraría a modificar los manuales de convivencia de las instituciones educativas y debía estar en marcha desde marzo de 2014, sin embargo las instituciones educativas y las autoridades territoriales no habían abordado el acoso escolar como una problemática seria que amerite inversión, detección y resultados.
Sergio Urrego nos provoca a pensar cuán pertinente resulta detenernos en la escuela, en sus reproducciones violentas, sí, pero también en la contingencia de narrarla con nuevas bases epistemológicas y curriculares y bajo nuevos marcos normativos que provoquen un reconocimiento a la diferencia en cada uno de sus espacios institucionales, sociales, estéticos y simbólicos, pensando la escuela como una institución para todos, bajo un consenso diferencial y no de mayorías (que invisibilizan casi siempre a las minorías), y en esta medida prohibir y prevenir la discriminación en razón de la orientación sexual y la identidad de género, pues las decisiones que toma una persona respecto a su reconocimiento en la identidad y orientación sexual, hace parte del núcleo esencia de su dignidad, libre desarrollo de la personalidad y autonomía, siendo un asuntos que le compete a la esfera íntima del individuo, y concientizando que los viejos y arraigados prejuicios contra la homosexualidad, obstaculizan el desarrollo de una democracia pluralista y tolerante en nuestro país; e impidiendo la construcción de una sociedad fundada en el respeto de los derechos fundamentales de las personas y en donde la diversidad de formas de vida no sean un factor de violencia y de exclusión sino una fuente insustituible de riqueza social.
Con el respeto por la diversidad del otro, en los ambientes educativos, se lograría una garantía de derechos los cuales no deban ser protegidos a través del mandato de inaplicación constitucional sobre cualquier manual de convivencia en particular, ordenado por un juez constitucional, en los estados judiciales y frente a cada caso, sino como política pública y en desarrollo de los nuevos mandatos legales en Colombia como los son la Ley 1620 y su decreto reglamentario 1965, los dos de 2013.
El viraje que se ha experimentado en la pedagogía a lo largo del siglo XX, ha transitado por la segregación, la educación especial, la integración y la educación inclusiva, para terminar asumiendo que las diferencias no constituyen una patología y que por ello era necesario propiciar el desarrollo de sistemas educativos que puedan responder a la diversidad. Esto quiere que las escuelas ordinarias se transformen en inclusivas y tengan la capacidad de educar a todos los niños y niñas de su comunidad desde la diversidad. Sobre este entendido se resalta que el sistema educativo, constituye un escenario privilegiado, pues allí aprendemos a vivir juntos, a trabajar en equipo y a identificar particularidades y diferencias en una permanente interacción con otros seres humanos; a pesar de su importancia, las instituciones escolares continúan rigiéndose por parámetros y reglas de disciplina que no reflejan los contextos escolares del hoy (como el caso del Colegio Gimnasio Castillo), endureciendo la convivencia escolar, la discriminación, la desigualdad y la exclusión en los estudiantes. Sin embargo la educación debe replicarse y basarse en un trato respetuoso, igualitario, trabajando por la abolición de las formas de violencia escolar y discriminación cotidiana, fortaleciendo la justicia escolar, que fomente acercamientos con la población escolar y en general con toda comunidad, pues el objetivo es contribuir a la formación de ciudadanos activos capaces de reconocer el potencial trasformador que tienen, como actores de una comunidad más justa e incluyente.
En el anterior contexto, el presente proyecto de investigación, se pregunta por los modos en que se implementarán en las instituciones educativas los mandatos constitucionales y reflexiona acerca de la incorporación en los currículos y los manuales de convivencia de los establecimientos educativos colombianos, a partir de los estándares constitucionales, estrategias y medidas para afrontar los retos históricos, culturales y epistemológicos en torno a las diversas sexualidades y subjetividades de género del mundo hoy; por lo que, la ponencia socializara el marco teórico aplicable al caso, que contempla una justicia escolar, y un nuevo modelo de escuela inclusiva con enfoques diferenciales adaptable a los manuales de convivencia de las instituciones educativas de Colombia, basándonos en los marcos normativos nacionales e internacionales y las narrativas jurisprudenciales de la Corte Constitucional, para la convivencia escolar y el respeto por la diversidad de orientación sexual e identidad de género.