Este artículo relaciona el debate teórico de derechos humanos con las ideas de justicia, desigualdad y reconocimiento, trabajadas desde la sociología. A pesar de cierta distancia que la sociología ha mantenido con el estudio de los derechos humanos, las reflexiones sobre las identidades colectivas, movimientos sociales, instituciones y reivindicaciones de derechos la acercan al debate de los derechos. A partir de los casos de Brasil y Uruguay, se examinan algunos ejemplos de derechos que permiten identificar procesos de democratización y desdemocratización. Si bien los derechos humanos son el fundamento de las democracias liberales y tienen pretensión de universalidad, no se realizan de forma homogénea en las sociedades, ni se aplican igualmente a todos los grupos sociales. Esto pone en cuestión los principios básicos de las democracias, que cada vez se alejan más de la defensa de los derechos humanos.
La genealogía de los derechos humanos puede rastrearse en varios hitos a lo largo de la historia ; sin embargo, su consolidación en tanto categoría política, se corresponde con el proceso de instalación de las democracias modernas. La idea de generaciones de derechos es un pragmatismo analítico que ubica en la Constitución de Estados Unidos (1787) y en la Revolución Francesa (1789) dos momentos fundacionales de lo que hoy conocemos como el paradigma de derechos humanos, consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). Los principios modernos (libertad, igualdad, fraternidad) fueron el marco que sustentó el desarrollo de los derechos humanos, entendidos como convenciones sociales que moldearon las democracias modernas. Los fundamentos de los derechos humanos son de distinta índole: iusnaturalistas (los derechos son inherentes a los seres humanos y son relativos a la naturaleza y dignidad humanas); éticos (las personas tenemos derechos por el simple hecho de ser personas; no se fundan en la naturaleza, sino en las exigencias morales de una vida humana digna); o históricos (los derechos son productos de su contexto socio-histórico, como forma de dar respuesta a las necesidades humanas que varían según la época). Desde una perspectiva socio-histórica, la ampliación del campo de los derechos humanos, a partir del surgimiento de nuevas necesidades como parte del proceso de desarrollo de las sociedades, cobra un sentido de especial pertinencia para la sociología: por el objeto de análisis y por su vocación de transformar lo que se entiende es injusto.
Son tres las ideas fuerza (o hipótesis) que transversalizan esta reflexión: la primera sostiene que, si bien desde hace varias décadas el terreno de los derechos humanos ha dejado de ser privativo de la disciplina jurídica, la sociología se ha ocupado bastante poco del asunto. No obstante, hay importantes antecedentes en la teoría sociológica que demuestran la pertinencia de este debate para la disciplina. Una de las vías de entrada desde la sociología al campo de los derechos humanos se abre a partir de la discusión sobre las desigualdades sociales y los modelos de justicia social. La segunda idea fuerza propone que, el análisis de los derechos humanos, necesariamente está ligado a una discusión sobre los procesos de democratización y desdemocratización de las sociedades. Estos procesos dinámicos varían en el tiempo, en modalidad e intensidad. La relación entre el grado de permeabilidad de un Estado para acceder a las demandas populares y, por otro lado, la capacidad de incidencia efectiva de los colectivos organizados para colocar sus temas en agenda son un indicador importante para evaluar el grado de democratización/desdemocratización. La tercera (y vinculada a la anterior), plantea que los principios que dan sustento a la idea de derechos humanos, son los mismos principios sobre los que se erigen las democracias liberales, por lo tanto, cuando la prédica en contra de los derechos humanos surge desde los sistemas democráticos -valiéndose de las herramientas de la institucionalidad-, solo se genera un debilitamiento de los principios democráticos.
El artículo se organiza en tres apartados: el primero, recupera el debate sobre los derechos humanos en la teoría sociológica, a partir del pensamiento de Marx, Bobbio, Habermas y de Souza Santos, como propuesta de diálogo crítico. El segundo, vincula la contribución del análisis que ha hecho la sociología sobre las desigualdades sociales para pensar los derechos humanos, profundizando en el punto de conexión del debate derechos humanos/desigualdades sociales, como parte de una discusión más amplia acerca de la justicia social y sus posibles caminos. El tercero, propone el ejercicio de pensar algunos ejemplos de temas relevantes de la agenda de derechos para el caso de Brasil y de Uruguay, observando los procesos de democratización y desdemocratización a partir de demandas, conquistas y pendientes para el caso de las muertes violentas en Brasil y los derechos de las mujeres en Uruguay.