El 14 de octubre de 2008 fue radicado en el Congreso de la República de Colombia el Proyecto de Ley 117 a la Cámara de Representantes «por medio de la cual se convoca a un Referendo Constitucional para consagrar el derecho al agua potable como fundamental y otras normas concordantes». Esta propuesta de reforma constitucional tenía como objetivo principal quitarle el valor monetario al agua potable y dotarla de un valor social, comunitario, pues buscaba desarrollar principios como la gratuidad del mínimo vital teniendo en cuenta la población con menores ingresos, la protección de los ciclos en el ecosistema y fuentes de agua por parte del Estado, y la organización del mismo para la prestación del servicio.
Además, el proyecto de ley planteaba la urgencia del referendo en tanto existía -y aún existe- una problemática por la escasez de este recurso hídrico con respecto a la posición privilegiada de Colombia al estar rodeada por los océanos Atlántico y Pacífico. Por otro lado, pretendían derogar las acepciones referentes al agua de la Ley 142 de 1994, «por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones» -que actualmente sigue vigente-, pues en ella se le da un tratamiento mercantil a este recurso natural, teniendo como resultado consecuencias negativas en términos de aumentos de tarifas y la imposibilidad a su acceso por parte de la población más pobre.
Esta movilización social se inspiró y siguió los pasos de un proceso muy similar llevado a cabo en Uruguay, en donde el 31 de octubre de 2004 la ciudadanía apoyó la iniciativa de las organizaciones nucleadas en la Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida (CNDAV) en un plebiscito en que se ponía a consideración al agua como un derecho fundamental. Este hecho sentó dos precedentes: en primer lugar, se trató de una de las primeras experiencias de incluir un derecho ambiental en la constitución de un país latinoamericano a través de la democracia directa; y en segundo lugar, se consolidó como una victoria de la resistencia contra la privatización del agua que se venía dando en ese país.
En Colombia Ecofondo, una organización no gubernamental, sin ánimo de lucro y de interés público; junto con 130 organizaciones no gubernamentales a nivel nacional, conformaron el Comité Nacional de Defensa del Agua (CNDA). A través de redes de organizaciones cívicas, ambientalistas, comunitarias e indígenas circularon a través del país para conformar comités, realizar asambleas populares y hacer propaganda sencilla para concientizar a la ciudadanía sobre el cuidado del agua y recalcar la necesidad de considerarla explícitamente un derecho fundamental en la Constitución Política, En dos años de arduo trabajo, esta iniciativa popular logró inscribirse en la agenda política y mediática del país, consagrándose como un fenómeno de gran interés e importancia.
Sin embargo, a pesar de su gran impacto a nivel social, el proyecto de ley fue archivado. Esto se debió, entre otras cosas, a la inconformidad de varios funcionarios públicos del Estado: algunos congresistas no estaban de acuerdo con asignar la conservación de las fuentes de agua a ciertas comunidades étnicas o nativas, pues consideraban que esto no era garante de su debida protección. Además, al tratarse de un proyecto de reforma constitucional, debía ser aprobado de manera unánime por los votantes presentes en la plenaria del segundo debate en la Cámara de Representantes, según lo dicta el Numeral 6 del Artículo 119 de la Ley 5ª de 1992.
Empero, su hundimiento también se debió a intereses económicos y políticos impulsados por el gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez, como lo manifestó el comité promotor del movimiento en una carta pública, argumentando que fue él quien impulsó a su bancada, mayoritaria en el Congreso, un punto de vista y un propósito negativo hacia el proyecto; y también a los intereses económicos que se movían en el negocio del agua y que actuaron en todo momento en contra del referendo y de la voluntad popular.
Considerado que el agua es, ante todo, un bien social ¿Qué se puede esperar en un país en donde sus dirigentes les niegan a sus habitantes este recurso fundamental? El hecho de que esta iniciativa popular fuese archivada y rechazada por el claustro legislativo colombiano representa nuestro fracaso como sociedad. Según datos de la Defensoría del pueblo, en ese momento, el 53% de los habitantes de las áreas rurales del país no contaban con acueducto y el 82,2% no tenía acceso a alcantarillado. Entonces ¿por qué no hacer algo?
No obstante, se debe reconocer el esfuerzo del CNDA, teniendo en cuenta que inscribirse en la agenda política de un país, tratándose de una iniciativa popular, es una proeza, pues «… no todos los problemas terminan en la agenda pública (o política)», debido a que «… existen condiciones de acceso, y por lo tanto mecanismos de exclusión a la inscripción de la agenda» (Roth, 2018). ¿Cuáles son esas «condiciones de acceso»? el Congreso le solicitó al comité dos recolecciones de firmas: si bien son condiciones que toda iniciativa popular debe cumplir, a su vez fungen como «mecanismos de exclusión», pues de esta forma, se demuestra la importancia de tener en cuenta la problemática en las discusiones de la agenda política. Otros mecanismos son las trabas jurídicas impuestas, a través de sugerencias de corrección, a las cuales fue sometida la propuesta original, pues –evidentemente- el CNDA se negaría a cambiar el punto más importante del referendo: establecer el agua como derecho fundamental en el país: quienes propusieron esta corrección sabían que ellos se rehusarían y, por consiguiente, tenían el argumento perfecto para votar en contra del referendo.
Esta iniciativa popular también es un gran ejemplo del «Modelo de la movilización» para la inclusión de problemas en la agenda política propuesto por Philippe Garraud. André-Noël Roth describe que el modelo propuesto por el investigador francés debe cumplir con:
«… [una] “demanda social” fuerte, conflicto entre autoridad y grupos organizados alrededor de la solución a implementar, creación de eventos para atraer la atención de las autoridades y de los medios de comunicación –huelgas, marchas, hechos violentos, etc.- y mediatización para ampliar la audiencia y aumentar la legitimidad de las reivindicaciones.» (Roth, 2018).
El movimiento popular que buscaba consagrar el agua como un derecho fundamental, a través de un referendo constitucional, cumplió con cada una de estas características: la «demanda social fuerte» quedó demostrada en el proceso de recolección de firmas, donde se obtuvo el apoyo de más de dos millones de personas; el «conflicto entre autoridad y grupos organizados alrededor de la solución a implementar» se evidenció al momento de que varios congresistas, siguiendo los designios del presidente –en ese entonces- Álvaro Uribe, exigieron cambios estructurales al documento original, lo cual terminaría en el posterior archivamiento del proyecto; la «creación de eventos para atraer la atención de las autoridades y de los medios de comunicación» fue lo más llamativo: como se mencionó anteriormente, se llevaron a cabo asambleas populares, se conformaron comités a nivel municipal y departamental, se hizo propaganda a través de «volanteo» en la calles y, lo que llamó mucho la atención de los medios masivos, fueron los viajes en lancha a través de los ríos Magdalena, Bogotá, Cauca, entre otros. De igual forma, no se puede eludir el hecho de que más de 130 organizaciones ambientalistas se unieron para conformar el CNDA «en defensa de unos intereses que buscaban movilizar a los ciudadanos» (Roth, 2018), en este caso, para consagrar el agua potable en la Constitución Política como un derecho fundamental.
A diez años de esta gran movilización, parece que solo quedan los resquicios de un eco lejano. Como lo afirmó el filósofo marxista Louis Althusser:
«Sí, en las grandes masas populares que aún no fueron despertadas a la lucha e incluso entre quienes han luchado ya, pero han conocido la derrota, hay un fondo de resignación... La gente del pueblo, moldeada por esta historia [es decir, la historia de la resignación], por más que se revelara, como las revueltas siempre terminan en derrota, nos podían hacer más que resignarse…» (Althusser, 2015).
Pero quizá si nos aferramos a las pequeñas victorias, como el decreto 064 del 15 de febrero de 2012 «por el cual se reconoce el derecho al consumo mínimo vital de agua potable a los estratos 1 y 2 de uso residencial y mixto…» instaurado por Gustavo Petro en Bogotá, podamos seguir teniendo un poco de esperanza.
Esta ponencia es una exposición y un análisis del proceso de movilización llevado a cabo por el Comité Nacional de Defensa del Agua (CNDA) para consagrar el agua potable como un derecho fundamental en la Constitución Política de Colombia desde los «Modelos para la inscripción en la agenda política» descritos por André-Noël Roth en su libro «Políticas públicas. Formulación, implementación y evaluación» (2018), específicamente el «Modelo de la Movilización» propuesto por Philippe Garraud y explicado por Roth, para observar cómo este proceso logró inscribirse en la agenda política del país y cómo la respuesta negativa por parte del Congreso de la República Colombiana demuestra nuestro fracaso sociopolítico como sociedad.